En este módulo encontrarás las principales ligas de interés relacionadas con los procesos que llevaras a cabo con un Notario Público
Conoce la Ley
Conoce la Ley para Regular las actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo
La Secretaría de Economía es responsable de la aplicación de la Ley Federal de Correduría Pública y su Reglamento; por conducto de la Dirección General de Normatividad Mercantil habilita a los Corredores Públicos, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en la propia Ley y su Reglamento, supervisando sus funciones…
El Corredor Público siempre ha satisfecho una necesidad social y económica. En la historia de las antiguas civilizaciones como la egipcia, fenicia, griega o romana, estuvo presente dentro de su comercio un experto en mercaderías que cumplía con varias funciones; desde las primeras leyes que regularon al Corredor Público, se le otorgaron funciones básicas que hasta la fecha conserva y que son: mediador, fedatario público y perito legal (valuador)… VER MÁS
La función básica del Corredor Público es garantizar la seguridad y certeza jurídicas, ejerciendo un control de legalidad en las transacciones comerciales y otras materias de competencia federal, brindando un asesoramiento profesional e imparcial con la obligación de guardar el secreto profesional que le impone la Ley, lo que representa un elemento de confianza para quienes utilizan sus servicios… VER MÁS
Existen diferentes tipos de sociedades mercantiles, las cuales realizan actos de comercio con un fin económico. Conoce la sociedad que puede ajustarse a tus necesidades.
Para constituir una sociedad mercantil deberás acudir con un notario o corredor público (con excepción de SAS), quien emitirá el documento constitutivo, el cual deberá contener entre otros rubros:
Una sociedad en nombre colectivo en México es una razón social, un tipo de acuerdo sobre la forma de manejar el capital entre los socios del negocio, de naturaleza mercantil donde estos responden a las obligaciones de forma subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de acuerdo a lo que se indica en el capitulo II, artículo 25 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM).
Algunas de sus características principales son:
La desventaja más importante de este tipo de sociedad es la implicación que los socios tienen al responder de modo solidario, ilimitada y subsidiariamente de las obligaciones fiscales de la empresa. Por tanto, los socios deberán responder con sus propios bienes por las obligaciones que contraiga la sociedad cuando esta no pueda enfrentarlas.
La sociedad en comandita simple se compone de uno o varios socios comanditados y de uno o varios comanditarios. Dichos socios comanditados responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales de la empresa. También la componen uno o varios socios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones, teniendo así una responsabilidad limitada.
La razón social de la sociedad en comandita simple se forma con los nombres de uno o más socios comanditados, seguido de las palabras “y compañía” u otros equivalentes cuando en ella no figuren el nombre de todos. Además, a esa denominación social se le agregan las palabras “Sociedad en Comandita” o su abreviatura “S. en C”.
Algunas de sus características principales son:
La sociedad de responsabilidad limitada es uno de los tipos de sociedades mercantiles más empleadas para crear pequeñas y medianas empresa (pymes) debido a su flexible regulación. Se constituye con un mínimo de 2 socios y un máximo de 50 que solamente estarán obligados al pago de sus aportaciones.
Algunas de sus características principales son:
Algunas desventajas:
La sociedad anónima es un tipo de sociedad mercantil, existente bajo una denominación social y cuyos socios tienen obligación limitada al pago de sus acciones o participación en el capital social. Es el tipo de sociedad mercantil más usada y común en México, empleándose para el desarrollo de actividades empresariales como comercio, agricultura, ganadería, finanzas, servicio, etc.
La denominación social es la palabra o palabras que identifican a una sociedad. De acuerdo al artículo 88 de la LGSM esta se forma libremente, pudiendo emplearse cualquier palabra o frase, siempre y cuando la denominación sea distinta de otras sociedades.
Asimismo, será necesario que se añada la frase «Sociedad Anónima» o su abreviatura «S.A». El objetivo de esto es que terceros puedan identificar el tipo de sociedad mercantil de la que se trata, de forma que en caso de insolvencia, sepan que los socios no responderán con todo su patrimonio a las deudas sino de acuerdo al monto aportado al capital social.
Algunas de las características principales son:
La sociedad en comandita por acciones (S en C por A) es un tipo de sociedad mercantil formada de uno o varios socios comanditados y de uno o varios socios comanditarios. Los primeros responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidaria de las obligaciones y deudas de la sociedad para con los terceros. Los segundos puede autorizar y vigilar la sociedad, pero no tienen la capacidad de desenvolverse como administradores, solamente están obligados al pago de sus acciones.
La razón o denominación social deberá ir seguida de las palabras «Sociedad en Comandita por Acciones» o su abreviatura «S. en C. por A.». Asimismo, se formará con los nombres de uno o más socios comanditados, seguida de las palabras «y compañía» o equivalentes cuando no figuren en ella los de todos.
La administración de la sociedad estará a cargo de los accionistas comanditados. En caso que sea un accionista comanditario quien se haga cargo de la administración, este adquiere la misma responsabilidad de los socios comanditados.
Algunas de las características principales son:
Entre los inconvenientes o desventajas, encontramos:
Esta iniciativa tiene como objetivos, eliminar la informalidad, simplificar el proceso de constitución para micro y pequeñas empresas, crear un nuevo régimen societario constituido por uno o más accionistas (personas físicas), establecer un proceso de constitución administrativa con todos los efectos legales, y fomentar el crecimiento de estas empresas para que, en lo futuro, adopten formas más sofisticadas de operación y administración. VER MÁS
Algunas de sus características principales:
Es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
Existen tres clases de sociedades cooperativas:
En el año 2006 nacía la Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable, SAPI de CV, tras una modificación realizada en la Ley del Mercado de Valores, LMV. Este tipo de sociedad mercantil permite la formalización de una empresa ante la ley, reconociéndose de forma oficial y regulándose mediante la Ley General de Sociedades Mercantiles, LGSM.
Asimismo, el objetivo de este tipo de sociedad es el de brindar oportunidades a las PyME’s permitiéndoles recibir inversión de menor escala para su crecimiento, generando fuentes de trabajo.
Algunas de las características principales son:
Solicita el nombre para tu empresa. El nombre de tu empresa permitirá que no la confundan con alguna otra. Recuerda que, el nombre es distinto a tu marca.
Este es el primer trámite para constituir tu empresa. La puedes obtener de manera gratuita, vía electrónica y en menos de 72 horas.
Para tramitarla, necesitas:
Es la institución que se encarga de brindar seguridad y certeza jurídica a través de la publicidad de los actos jurídicos mercantiles relacionados con los comerciantes y que conforme a la ley, lo requieran para surtir efectos contra terceros.
Para que el Registro Público de Comercio pueda contribuir a mejorar el ambiente de negocios de nuestro país, debe contar con información actualizada, oportuna, confiable y de fácil acceso, tanto para la inscripción como para la consulta. Por ello, desde 2013, se inició con un proceso de modernización registral y actualmente todo el país se encuentra operando en una sola plataforma nacional denominada Sistema Integral de Gestión Registral (SIGER 2.0).
El SIGER 2.0. funciona en una base de datos nacional, actualizada, en línea y en tiempo real la cual está disponible para el público en general, para las dependencias y entidades del gobierno a través de medios electrónicos, es decir, ya no se tiene que consultar en ventanilla en las 269 oficinas registrales que existen en el país para poder contar con la información de una sociedad mercantil (constitución, transformación, fusión, escisión, disolución, liquidación, entre otros).